Beneficios tributarios: Ser socio Portas hace crecer tu devolución de impuestos

Siendo socio de Portas puedes optar al beneficio tributario de la Ley de Donaciones con Fines Sociales. ¿Qué es? ¡Acá te lo explicamos!

La Ley N° 19.885, conocida como Ley de Donaciones con Fines Sociales, es una herramienta que incentiva las donaciones a organizaciones sociales sin fines de lucro, ya que otorga un beneficio tributario a quienes realizan una donación en dinero a fundaciones como Portas.

¿Quiénes pueden ser donantes?

  • Las Empresas contribuyentes del impuesto de primera categoría.
  • Las Personas Naturales que perciben rentas del desarrollo de una actividad laboral ejercida en forma dependiente y cuyo monto excede mensualmente las 13,5 UTM, equivalente en pesos chilenos de su Renta Líquida Imponible.
  • Personas con Iniciación de Actividades, que realicen su declaración de impuesto durante el período contable.

Así, siendo socia y socio de Fundación Portas, podrás recibir un beneficio tributario en tu devolución de impuestos equivalente al 50% de tu donación anual. Puedes hacer la simulación aquí.

Por ejemplo:

Si donas anualmente $60.000 ($5.000 mensual), tu beneficio tributario será $30.000

Si donas anualmente $120.000 ($10.000 mensual), tu beneficio tributario será $60.000

Si donas anualmente $240.000 ($20.000 mensual), tu beneficio tributario será $120.000

Si donas anualmente $480.000 ($40.000 mensual), tu beneficio tributario será $240.000

Y puedes encontrar más información acá.

Sí tienes dudas, escríbenos a [email protected]

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Beneficios tributarios: Ser socio Portas hace crecer tu devolución de impuestos

Siendo socio de Portas puedes optar al beneficio tributario de la Ley de Donaciones con Fines Sociales. ¿Qué es? ¡Acá te lo explicamos!

La Ley N° 19.885, conocida como Ley de Donaciones con Fines Sociales, es una herramienta que incentiva las donaciones a organizaciones sociales sin fines de lucro, ya que otorga un beneficio tributario a quienes realizan una donación en dinero a fundaciones como Portas.

¿Quiénes pueden ser donantes?

  • Las Empresas contribuyentes del impuesto de primera categoría.
  • Las Personas Naturales que perciben rentas del desarrollo de una actividad laboral ejercida en forma dependiente y cuyo monto excede mensualmente las 13,5 UTM, equivalente en pesos chilenos de su Renta Líquida Imponible.
  • Personas con Iniciación de Actividades, que realicen su declaración de impuesto durante el período contable.

Así, siendo socia y socio de Fundación Portas, podrás recibir un beneficio tributario en tu devolución de impuestos equivalente al 50% de tu donación anual. Puedes hacer la simulación aquí.

Por ejemplo:

Si donas anualmente $60.000 ($5.000 mensual), tu beneficio tributario será $30.000

Si donas anualmente $120.000 ($10.000 mensual), tu beneficio tributario será $60.000

Si donas anualmente $240.000 ($20.000 mensual), tu beneficio tributario será $120.000

Si donas anualmente $480.000 ($40.000 mensual), tu beneficio tributario será $240.000

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